19-I.FRACCIÓN I
31/Ago/2010
I. La creación, fusión, modificación o extinción de las áreas de apoyo administrativo de los poderes del Estado
19-II.FRACCION II
31/Ago/2010
II. La Estructura orgánica, normatividad, nombramientos y funciones que realiza cada dependencia y unidad administrativa
19-III.FRACCION III
31/Ago/2010
III. El directorio de servidores públicos con referencia a su nombramiento oficial, tabulador, sueldos, salarios, remuneraciones mensuales por puesto, viáticos, viajes, gastos de representación, así como cualquier percepción o remuneración que reciban los servidores en ejercicio de sus funciones; en este caso no se podrá apelar al derecho de protección de datos personales NOTA: "Las compensaciones adicionales al sueldo son autorizadas sólo por la H. Junta Directiva y se establecen en los acuerdos de las reuniones correspondientes"
19-IV.FRACCION IV
31/Ago/2010
IV. Los manuales de organización, servicios que se ofrecen, trámites, requisitos y formatos, así como los documentos que contengan las políticas de cada dependencia y unidad administrativa, que incluya metas, objetivos y responsables de los programas operativos a desarrollar
19-V.FRACCION V
31/Ago/2010
V. La agenda de actividades de los titulares de las dependencias públicas, reuniones públicas de los diversos consejos, gabinetes, cabildos, sesiones plenarias y sesiones de trabajo que convoquen las entidades públicas
19-VI.FRACCION VI
31/Ago/2010
VI. La información contenida en las minutas, acuerdos y actas de las reuniones oficiales de sus órganos colegiados, salvo que por disposición expresa de la ley, se determine que deban realizarse con carácter reservado
19-VII.FRACCION VII
02/Sept/2010
VII. Las convocatorias e información acerca de los permisos, licencias, concesiones, licitaciones de obras, adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios y autorizaciones otorgadas por las entidades públicas. Así como, las opiniones, argumentos, datos finales incluidos en los expedientes y documentos que contengan los resultados de los procedimientos administrativos aludidos
19-VIII.FRACCION VIII
02/Sept/2010
VIII. La información contenida en los documentos y expedientes administrativos, que se produzcan en los procesos para suscribir contratos, realizar licitaciones y todo tipo de actos y decisiones administrativas, relacionadas con la adquisición, arrendamiento, concesiones y prestación de bienes y servicios
19-IX.FRACCION IX
31/Ago/2010
IX. Los informes anuales de actividades, los balances generales y estados financieros, de acuerdo a los principios de contabilidad generalmente aceptados
19-X.FRACCION X
31/Ago/2010
X. La información sobre la situación económica, estados financieros y endeudamiento de las entidades públicas, incluyendo una lista de los bienes inmuebles de los vehículos adscritos a las mismas
19-XI.FRACCION XI
31/Ago/2010
XI. La información de los movimientos de ingresos y egresos, que deberán contener, en el caso de egresos, el monto, beneficiario, concepto, fecha, folio, institución bancaria y funcionario que lo autoriza. En el caso de ingresos, el número de entero, monto, concepto, contribuyente y fecha.
19-XII.FRACCION XII
02/Sept/2010
XII. Los contratos de prestación de servicios que establezcan con personas físicas o morales con las entidades públicas, y todo documento e informe relacionado con los mismos
19-XIII.FRACCION XIII
31/Ago/2010
XIII. Los convenios que el gobierno realice con la Federación, con otros estados y con los municipios, siempre que no versaren sobre seguridad nacional o seguridad pública
19-XIV.FRACCION XIV
31/Ago/2010
XIV. Los convenios que las entidades públicas celebren con organizaciones no gubernamentales, sindicatos, partidos políticos, asociaciones políticas, instituciones de enseñanza privada, fundaciones en instituciones públicas del Estado de San Luis Potosí, de otro estado, de la Federación, o de otro país. Cuando se trate de convenios que impliquen transferencias financieras con cargo al presupuesto público, el en convenio se establecerá el fundamento jurídico, los responsables de su recepción y ejecución, el programa y los tiempos de aplicación y se exigirá un informe de ejecución de los fondos, que también deberá hacerse público
19-XV.FRACCION XV
31/Ago/2010
XV. Los contratos, convenios y condiciones generales de trabajo, que regulen las relaciones laborales del personal sindicalizado y de confianza que se encuentre adscrito a las entidades públicas; así como la relación del personal sindicalizado, y las prestaciones económicas o en especie que se hayan entregado a los sindicatos por parte del empleador
19-XVI.FRACCION XVI
31/Ago/2010
XVI. Los resultados de los concursos, licitaciones, adquisiciones, arrendamientos, concesiones y prestación de servicios deberán contener información precisa acerca del contrato, monto, el nombre del proveedor, contratista o de la persona física o jurídica con quien o quienes se haya celebrado el contrato, plazos de cumplimiento y mecanismos de participación e intervención ciudadana
19-XVII.FRACCION XVII
02/Sept/2010
XVII. Cuando se trate de otorgamiento de concesiones, licencias permisos o autorizaciones a particulares, la información deberá contener el nombre o razón social del titular, el concepto y los objetivos de la concesión, licencia, autorización o permiso, el fundamento legal y el tiempo de vigencia
19-XVIII.FRACCION XVIII
02/Sept/2010
XVIII. La información detallada de las obras que directa o indirectamente tienen que ejecutar con cargo al presupuesto público, con préstamos, subvenciones o aportaciones privadas de carácter nacional e internacional. En este caso deberá precisarse el monto, lugar, plazo de ejecución, entidad pública y servidores públicos responsables de la obra y mecanismos de vigilancia ciudadana
19-XIX.FRACCION XIX
02/Sept/2010
XIX. La información contenida en los documentos y expedientes relativos a todo tipo de auditorías concluidas y realizadas, para evaluar el ejercicio presupuestal y la gestación de cada dependencia o unidad administrativa del Estado y los municipios, que realicen la Contraloría del Estado, las contralorías internas, la Auditoria Superior del Estado, o la Auditoría Superior de la Federación, o las equivalentes de cualquiera de todas las anteriores, así como las aclaraciones que correspondan Se encuentran disponibles para los periodos 2008 y 2009 Se encuentra en proceso la correspondiente al 2010, no se tienen aún resultados.
19-XX.FRACCION XX
31/Ago/2010
XX. El programa de trabajo de los titulares de las entidades públicas, dependencias y unidades administrativas y el informe de labores y actividades. Esta información deberá hacerse pública, a más tardar quince días hábiles después de haberse producido
19-XXI.FRACCION XXI
02/Sept/2010
XXI. La información presupuestal detallada que contenga por lo menos los datos acerca de los destinatarios, usos, montos, criterios de asignación, mecanismos de evaluación e informes sobre su ejecución. Además, deberá difundirse la información relativa a los montos recibidos por concepto de multas, recargos, cuotas, depósitos y finanzas, señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos
19-XXII.FRACCION XXII
31/Ago/2010
XXII. La información de los padrones de beneficiarios de los programas sociales aplicados por el Estado y los municipios, así como, la información sobre el diseño, montos, acceso, ejecución y beneficiarios de los programas de subsidio
19-XXIII.FRACCION XXIII
02/Sept/2010
XXIII. La información sobre la ejecución del presupuesto aprobado a las entidades públicas previstas en la presente Ley, que deberá actualizarse trimestralmente; así como los criterios de asignación, el tiempo de ejecución, los mecanismos de evaluación, y los responsables de su recepción y ejecución final
19-XXIV.FRACCION XXIV
31/Ago/2010
XXIV. Las acciones, controversias y juicios entre poderes públicos del Estado de San Luís Potosí, entre sí, y con la Federación
19-XXV.FRACCION XXV
31/Ago/2010
XXV. La información acerca de la planeación, programación, gasto y contenido de la información que difundan a través de diversos medios escritos y electrónicos a su cargo, o en el tiempo que contraten para ello. El contenido de la información deberá atender a criterios de imparcialidad, objetividad, veracidad y oportunidad